RESOLUCION Nº 797/08
ESTABLECIMIENTO DE LOS REQUISITOS PARA LA ELABORACIÓN, APROBACIÓN Y VIGENCIA DE LOS REGLAMENTOS INTERNOS O NORMAS DE CONVIVENCIA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE GESTIÓN OFICIAL, PRIVADA Y PRIVADA SUBVENCIONADA DEL NIVEL MEDIO, RECONOCIDAS POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA.
Asunción, 25 de febrero de 2008
Visto: El Artículo 1º de la Resolución Nº 2932/98, de fecha 2 de julio de 1998 "Por la cual se atribuye competencias a las direcciones Generales y Direcciones pertenecientes a las mismas, dependientes del Viceministerio de Educación"; y,
Considerando: Que en el mismo se atribuye a las Direcciones Generales la función de emitir y promulgar resoluciones;
Que la Resolución Nº 1031, de fecha 12 de mayo de 1995, en su Artículo 2º dispone la lista de documentos que deben poseer necesariamente las Instituciones Educativas del Nivel Medio en su inc. p "Reglamento Interno aprobado por el Departamento";
Que por su naturaleza, los Reglamentos Internos o normas de Convivencia regulan las relaciones de los integrantes de la Comunidad Educativa;
Que los constantes cambios sociales y acelerados procesos culturales, administrativos y jurídicos, ameritan cambios estructurales y organizacionales, en el marco de la Reforma Educativa ante los desafíos de los nuevos tiempos;
Que por Resolución Nº 163/07, de fecha 26 de junio de 2007, de la Dirección General de Educación Media se establece que el Departamento Jurídico de la citada Dirección está facultado a pronunciarse sobre trámites y documentos sometidos a su consideración y a presentar las propuestas de modificación o derogación;
Que el Artículo 91 de la Ley Nº 1264/98 "General de Educación" establece que "La autoridad superior del ramo es el Ministro, responsable de la organización y funcionamiento del Ministerio de Educación y Cultura...".
Por tanto, y en uso de sus atribuciones,
La Ministra de Educación y Cultura
Resuelve:
Art. 1) Establecer los requisitos para la elaboración, aprobación y vigencia de los Reglamentos Internos o Normas de Convivencia de las Instituciones Educativas de Gestión Oficial, Privada y Privada Subvencionada del Nivel Medio, según el siguiente detalle:
1. Prólogo o Introducción
2. Principios orientadores o antecedentes históricos
3. Infraestructura de la Institución
4. Estructura y organización
5. Visión y Misión
6. Finalidad y Principios de la Comunidad
7. Perfil del egresado
8. Perfil del educador
9. Derechos
Observación:
a) Considerar a todos los estamentos (Directores, docentes, Alumnos/as, Padres, ex alumnos/as, autoridades locales y representantes de la comunidad).
10. Obligaciones
Observación:
a) Considerar que toda conducta que altere el funcionamiento académico normal o transgreda principios éticos, será motivo de una investigación para esclarecer los hechos, las responsabilidades y sanciones. La suspensión no podrá exceder de diez días, su aplicación no afectará el proceso de enseñanza como ser la administración de exámenes, pruebas, otros; mientras dure la medida disciplinaria.
b) Establecer el tiempo de aplicación y los procedimientos para introducir las enmiendas al documento.
11. Sanciones
Observación:
a) Establecer el tiempo de aplicación y los procedimientos para introducir las enmiendas al documento.
12. Disposiciones Finales y Transitorias
Art. 2) Establecer que los Reglamentos Internos o Normas de Convivencia de las Instituciones de Gestión Pública, Privada y Privada Subvencionada, tendrán vigencia por 3 (tres) años, a partir de la fecha de firma de la Resolución de su aprobación.
Art. 3) Garantizar la participación de la Comunidad Educativa (Directores, docentes, alumnos/as, padres, ex alumnos/as, autoridades locales y representantes de la comunidad).
Art. 4) Encargar a la Dirección General de Educación Media la firma de las resoluciones en el marco de esta regulación, previo dictamen de su Departamento Jurídico.
Art. 5) Comunicar y archivar.
Firma:
- María Ester Jiménez. Ministra de Educación