Legislasys: Decreto 2017-07472 (D 7.472/17)

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DECRETO Nº 7.472/17
POR EL CUAL SE DECLARA COMO ÁREA SILVESTRE PROTEGIDA BAJO DOMINIO PRIVADO LA RESERVA NATURAL DENOMINADA «PIKYRY».

 

Asunción, 17 de julio de 2017.

 

VISTO: La presentación realizada por la Secretaría del Ambiente a través de la Nota N.G. N° 563/2017, de fecha 9 de junio de 2017, mediante la cual la Secretaría del Ambiente solicita la Declaración de Area Silvestre Protegida bajo Dominio Privado de la reserva Natural denominada «Pikyry»,(Cexter/2017/3420); y


CONSIDERANDO: Que el Artículo 26 de la Ley N° 352/1994 de Áreas Silvestres Protegidas, establece: «La declaración de Área Silvestre Protegida bajo dominio privado se hará mediante Decreto del Poder Ejecutivo o Ley teniendo como requisito previo la fundamentación en una justificación técnica que contenga el diagnóstico general de las características particulares de los recursos biológicos, físicos y culturales existentes en el área y de su importancia para la conservación actual y futura de los ecosistemas, los procesos ecológicos y los recursos naturales».
Que por Resolución N°269/2017, «Por el cual se aprueba la Justificación Técnica para la creación de la Reserva Natural bajo Dominio Privado, denominada “Pikyry”», con una superficie de 2866 ha, 8030 m2, 195 cm2 (Dos mil ochocientos sesenta y seis hectáreas, ocho mil treinta metros cuadrados, ciento noventa y cinco centímetros cuadrados), registrada en la Dirección de Registros Públicos, bajo Finca N° 8514, del lugar denominado Pikyry, Distritos «Hoy» de Mbaracayú y San Alberto, Departamento de Alto Paraná.
Que con dicha Resolución, emanada de la Secretaría del Ambiente, se ha dado cumplimiento al requisito previo para esta declaratoria prevista en la norma legal citada anteriormente.
Que, la Ley N° 1561/2000, «Que crea el Sistema Nacional del Ambiente y la Secretaría del Ambiente», en el Artículo 14, Inciso k), establece que la Secretaría del Ambiente adquiere el carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 352/1994, «De Áreas Silvestres Protegidas», y sustituye, por tanto, a la Dirección de Parques Nacionales y Vida Silvestre.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:

 

Art. 1) Declárase como Área Silvestre Protegida, bajo Dominio Privado, la Reserva Natural denominada «Pikyry», a perpetuidad, con una superficie de 2866 ha, 8030 m2, 195 cm2 (Dos mil ochocientos sesenta y seis hectáreas, ocho mil treinta metros cuadrados, ciento noventa y cinco centímetros cuadrados), registrada en la Dirección de Registros Públicos, bajo Finca N° 8514, del lugar denominado Pikyry, Distritos «Hoy» de Mbaracayú y San Alberto, Departamento de Alto Paraná, de acuerdo a los siguientes datos técnicos; cuyo anexo forma parte de este Decreto.
Art. 2) Ordénase la inscripción de la presente Declaratoria General en los Registros Públicos, para lo cual se pondrá nota de la misma sobre la inscripción de la finca descripta en el Artículo 1° del presente Decreto.
Art. 3) Concédense los beneficios previstos en los Artículos 55, 56 y 57 de la Ley N° 352/1994, «De Áreas Silvestres Protegidas», en la forma prevista en el Artículo 30 de la misma.
Art. 4) Dispónese, que el propietario la Itaipú Binacional, en un plazo no mayor de seis (6) meses, deberá presentar el Plan de Manejo del Área, así como el plano del área donde se indiquen los puntos que cierran sus límites.
Art. 5) El presente Decreto será refrendado por el Ministro del Interior.
Art. 6) Comuníquese publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Firma:

  • Horacio Manuel Cartes Jara
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