Legislasys: Decreto 2018-08825 (D 8.825/18)

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DECRETO Nº 8.825/18

QUE MODIFICA EL DECRETO N° 5159/1999, «POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 1328/1998, “DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS”».

Asunción, 23 de abril de 2018

VISTO: La Ley 4798/2013, «Que crea la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI)»;

La Ley N° 1328/1998, «De Derecho de Autor y Derechos Conexos»;

El Decreto N° 5159/1999, «Por el cual se reglamenta la Ley 1328/1998, “De Derecho de Autor y Derechos Conexos”»; y

CONSIDERANDO: Que la Constitución, en el Artículo 238, Numeral 3), faculta a quien ejerce la Presidencia de la República, entre otras cosas, a reglamentar y controlar el cumplimiento de las leyes.

Que la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (DINAPI) ha solicitado, a través del Ministerio de Industria y Comercio, la modificación del Artículo 33 del Decreto N° 5159/1999, «Por el cual se reglamenta la Ley 1328/1998, “De Derecho de Autor y Derechos Conexos”», de tal manera que las publicaciones relativas al registro de obras ante la Dirección General de Derechos de Autor y Derechos Conexos, puedan ser realizadas en la revista especializada digital a ser publicada por la DINAPI, con el objeto de aprovechar el alcance masivo que posee Internet para hacer llegar la información a los interesados, además de los diarios de gran circulación nacional como se prevé actualmente.

Que mediante el presente Decreto se podrá dar mayor y mejor alcance a las publicaciones de pedidos de registro, transmisión o cesión de derechos intelectuales derivados de la autoría de obras y otros bienes intelectuales en la oficina registral en cuestión, a través del uso de internet. y los medios de comunicación que el mismo ofrece, pudiendo llegarse de manera más eficaz a los colaboradores del sistema y personas interesadas en la materia, para el ejercicio de los derechos que el marco legal les otorga, transparentando la gestión de la DINAPI.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARA GUAY
DECRETA:

Artículo 1) Modifícase el Artículo 33 del Decreto N° 5159/1999, «Por el cual se reglamenta la Ley 1328/1998, “De Derecho de Autor y Derechos Conexos”», el cual queda redactado de la siguiente manera:

«Artículo 33 Cumplidos los trámites de presentación, el expediente pasará a la sección correspondiente del Registro para que se realice el examen de forma. Aprobado el examen se ordenará su publicación que deberá ser en un diario de gran circulación nacional o en la revista especializada digital emitida por la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, por el término de tres (3) días consecutivos, de un extracto que contenga el título, autor, especie y demás datos esenciales que distingan las obras cuyo registro se ha solicitado».

Artículo 2) El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Industria y Comercio.

Artículo 3) Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Firman:

  • Horacio Manuel Cartes Jara
  • Gustavo Alfredo Leite Gusinky
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