Legislasys: Resolución MTSS 2018-00235 (R 235/18)

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RESOLUCIÓN Nº 235/18
POR LA CUAL SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN MTESS N° 835/16, DE FECHA 12 DE DICIEMBRE DE 2016.

Asunción, 23 de abril de 2018.

VISTO: El Memorándum DROP N° 110/18, de fecha 27 de marzo de 2018, recepcionado en la Secretaría General con entrada N° 795 en fecha 04 de abril de 2018, por el cual se eleva a consideración del Señor Ministro, la solicitud de modificación de la Resolución MTESS N° 835/16, de fecha 12 de diciembre de 2016; y

CONSIDERANDO:
Que, por Resolución MTESS N° 835/16, de fecha 12 de diciembre de 2016, se aprobó el procedimiento para la presentación de las comunicaciones de entrada y salida de trabajadores de empresas; de los permisos y vacaciones otorgadas, de las amonestaciones, apercibimientos y suspensiones del personal; de los accidentes de trabajo, y de las enfermedades profesionales, ante la autoridad administrativa del Trabajo, vía internet.

Que, la Dirección General de Asesoría Jurídica, se expidió en los términos del Dictamen DGAJ N° 134 de fecha 19 de abril de 2018, que expresa: "Se considera viable dictar Resolución Ministerial a los efectos de modificar el plazo de presentación de las comunicaciones de entrada y salida de trabajadores., permisos, vacaciones, sanciones, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Para ello se sugiere que el Art. 1° de la Resolución modificatoria quede redactado de la siguiente forma: "Art. 1° Modificar el último párrafo del Art. 1° del Anexo I a la Resolución MTESS N° 835/16 de fecha 12 de diciembre de 2016, con la siguiente redacción: "Para todos los casos, las comunicaciones deberán ser realizadas por la empresa dentro del plazo de treinta (30) días hábiles"-

Que, la Ley N° 5115/13, en su artículo 11 "Funciones Generales", establece que; "el Ministro en las áreas de trabajo, empleo y seguridad social, ejercerá las siguientes funciones y atribuciones generales: inc. 7 Adoptar medidas de administración, coordinación, supervisión y control necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia".

POR TANTO, en uso de sus atribuciones;

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

Art. 1) MODIFICAR el último párrafo del artículo 1° del Anexo I de la Resolución MTESS N° 835/16, de fecha 12 de diciembre de 2016, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Para todos los casos, las comunicaciones deberán ser realizadas por la empresa dentro del plazo de treinta (30) días hábiles".

Art. 2) DISPONER que los demás artículos de la Resolución MTESS N° 835/16 de fecha 12 de diciembre de 2016, permanezcan invariables.

Art. 3) COMUNICAR a quienes corresponda y archivar.

Firma:

  • Guillermo Sosa.
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