Legislasys: Resolución 2017-01992 (R 1992/17)

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RESOLUCIÓN N° 1.992/17
POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL USO DE LA LEYENDA “MATERIAL DE LICITACIÓN - PROHIBIDA SU VENTA - REPÚBLICA DEL PARAGUAY' EN LAS RESMAS DE PAPEL QUE SE ADQUIERAN A TRAVÉS DE CONTRATACIONES REGULADAS POR LA LEY N° 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PUBLICAS”.


Asunción, 23 de junio de 2017


VISTO: La Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas”, la Ley N° 3439/07 “Que modifica la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas" y establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas"; y
CONSIDERANDO: Que, el Art. 1° de la Ley ND 3439/07 modifica el Art. 5° de la Ley N° 2051/03 y crea la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) en sustitución de la Unidad Central Normativa y Técnica (UCNT), como institución reguladora y verificadora de las contrataciones que caen bajo el ámbito de aplicación de la Ley N” 2051/03.
Que, el Art. 3° de la Ley N° 3439/07 establece entre las funciones y atribuciones de la DNCP: “a) diseñar y emitir fas políticas generales que sobre la contratación pública deban observar los organismos, las entidades y las municipalidades; .. .f) dictar resoluciones, de conformidad con esta ley, la Ley N° 2051/03 'DE CONTRATACIONES PUBLICAS“ y sus decretos reglamentarios y las normas de carácter general, respecto al planeamiento, programación, presupuesto, contratación, ejecución contractual, erogación y control de las adquisiciones y locaciones de todo tipo de bienes, la contratación de servicios en general, los de consultoría y de las obras públicas y ios servicios relacionados con las mismas regulados en dichos ordenamientos".
Que, la DNCP ha realizado un estudio de factibilidad que concluyó en la determinación de diversos mecanismos para incorporar leyendas en los envoltorios de las resmas de papel. Éstas deben indicar que se tratan de productos de contrataciones públicas del Gobierno Nacional, cuya venta se encuentra prohibida, las cuales deberán ser incluidas en las especificaciones técnicas de los llamados de adquisición de papel, garantizando la participación de varios oferentes.
Que, del análisis realizado, resulta que existen al menos dos opciones viables para incorporar la leyenda en las resmas de papel a ser adquiridas por el Estado, como ser etiquetas autoadhesivas de pegado fuerte en las resmas e impresiones indelebles en los envoltorios plastificados de las resmas.
Que, se puede concluir que la necesidad de incorporación de mejores mecanismos de control de eficacia no se contrapone con la austeridad en el gasto público y con los principios de concurrencia y libre competencia, por lo que constituye una política general sobre la contratación pública cuya implementación resulta pertinente.
Que, por Decreto N° 1614/14 del 16 de mayo de 2014, se designa al Abg. Santiago Jure Domaniczky, como Director Nacional de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
POR TANTO, en uso de sus atribuciones legales,


EL DIRECTOR NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS
RESUELVE:


ARTÍCULO 1)  ESTABLECER el uso obligatorio de la leyenda “MATERIAL DE LICITACIÓN - PROHIBIDA SU VENTA - REPÚBLICA DEL PARAGUAY” en la parte frontal de cada resma de papel que se adquiera a través de contrataciones reguladas por la Ley N° 2051/03 “De Contrataciones Públicas", utilizando para ello:
a) Impresión indeleble en el envoltorio plastificado,
b) Impresión indeleble en una etiqueta autoadhesiva de pegado fuerte,
Los modelos y dimensiones se indican en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2)  DISPONER que en los pliegos de bases y condiciones, sea requerimiento obligatorio dentro de las especificaciones técnicas, la inclusión de la leyenda mencionada en el Artículo 1 en la parte frontal, en un lugar visible y legible, sin que ésta afecte y/o cubra las Informaciones que contengan las especificaciones técnicas del producto.
ARTÍCULO 3) DETERMINAR que la presente Resolución entrará en vigencia para los llamados a contratación que sean comunicados a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas desde el 1 de octubre de 2017.
ARTÍCULO 4) COMUNICAR a quienes corresponda, publicar y archivar.  

Firma:  

  • SANTIAGO JURE DOMANICZKY.Director Nacional

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