RESOLUCIÓN GENERAL Nº 107
Asunción, 16 de marzo de 2017
VISTO: |
La Ley N° 125/1991, "Que establece el Nuevo Régimen Tributario"; y sus modificaciones; La Resolución General Nº 37/2014; y, |
CONSIDERANDO: |
Que entre los objetivos definidos en el Plan Estratégico de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) para el periodo fiscal 2014 – 2018, se encuentra brindar cada vez más y mejores servicios al contribuyente, mediante el uso de la tecnología, procurando la reducción de tiempo y costos, tanto para el contribuyente como para la Administración. Que la expedición en forma virtual de la Constancia de No Retención del Impuesto a las Rentas de las Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios (IRACIS) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para aquellos contribuyentes que no estén obligados por dichos impuestos, facilitará y simplificará el trámite para la obtención de este documento. Que a fin de permitir un mejor análisis de las solicitudes de Constancias de No Retención de contribuyentes del IRACIS y del IVA, es necesario modificar los requisitos y las condiciones para la presentación de las referidas solicitudes. Que la Dirección de Planificación y Técnica Tributaria se ha expedido en los términos del Dictamen DEINT/PN N° 03 del 01 de febrero de 2017 |
LA VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
MARTA GONZÁLEZ AYALA
VICEMINISTRA DE TRIBUTACIÓN
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